EL RECIENTE FALLO SOBRE EL MUNICIPIO DE SAN JORGE EN LA PROVINCIA DE SANTA FE, Y LA VOLUNTAD DE MANTENER Y HACER CRECER EL MODELO SOJERO CON DESCONOCIMIENTO DEL PRINCIPIO PRECAUTORIO
El reciente fallo de Cámara en la Provincia de Santa Fe relativo al Municipio de San Jorge, ha merecido importantes espacios periodísticos, ha tenido inclusive, la tapa del diario gubernamental por excelencia, y ha estado en la agenda mediática durante más de una semana considerándoselo como un éxito que frenaría las fumigaciones y el uso irrestricto de tóxicos en la agricultura. La Cámara intervino por la apelación de los demandados a la decisión del Juez en primera instancia, que hacía lugar a una demanda de amparo y que había producido escozor en los sectores ligados a la producción de soja, porque reconocía el principio precautorio a favor de los vecinos, y la necesidad de impedir las fumigaciones con cualquier producto, en las distancias peticionadas por los demandantes, o sea 800 metros para las fumigaciones terrestres y 1.500 metros para las fumigaciones aéreas. Como un hecho relevante el Juez Tristán Martínez sostenía que los demandados, o sea, los dueños de los campos, el Municipio de San Jorge y la Provincia de Santa Fe, deberían haberle acercado estudios propios y no simples remisiones sobre los impactos, y en una decisión valerosa, impuso la obligación de probar su defensa a quienes se encuentran en mejor posición para hacerlo y no a quienes alegan el daño, tal como en este caso son los vecinos de un barrio del municipio de San Jorge. El fallo por lo demás, ponía de manifiesto que ni la Municipalidad ni la Provincia daban garantía alguna de la protección de las personas, y que ni siquiera reconocían saber qué tóxicos eran aplicados. El Juez Martínez concluía dictaminando que entre el ambiente saludable y la salud de las personas, versus la actividad económica, debían primar los primeros intereses y qué, ante la falta de certezas sobre las distancias que harían posible la protección de los vecinos, se inclinaba por conceder las distancias peticionadas en el amparo. Hasta allí entonces, el Juez Tristán Martínez.
¿Qué es lo que dice ahora la Cámara de Apelaciones en lo civil y comercial, que ha merecido tantos respaldos y alharaca desde la prensa oficialista? La Cámara expresa confirmar el fallo de primera instancia, pero en realidad, a nuestro juicio, lo revoca, aunque sea parcialmente, ya que transforma un fallo permanente en una medida cautelar...o sea provisoria. La Cámara admite el recurso interpuesto por la Municipalidad de San Jorge y desestima la acción contra ella por entender y esto es sumamente grave, que no tiene responsabilidad alguna sobre el control de los procedimientos relacionados con las fumigaciones. Hasta ahora, se suponía que el hecho de que los gobiernos provinciales no ejercieran la autoridad de aplicación de una ley de control, no eximía al poder Municipal de sus facultades y obligaciones en el propio territorio.
En segundo lugar, la Cámara modifica la decisión del Juez y limita la prohibición de fumigar a un exiguo plazo de seis meses, que, coincide casualmente con la época de cosecha y post cosecha en que puede prescindirse de tales fumigaciones.
En tercer lugar, entendemos que la Cámara se permite desconocer el principio precautorio admitido por el Juez, a la vez que decide buscar las certezas necesarias, y para ello ordena producir un informe en forma conjunta al Gobierno de la Provincia de Santa Fe y a la Universidad del Litoral. No por separado, sino en conjunto, como obligando a una probable negociación política del informe, y obligando al Juez a pronunciarse nuevamente a la luz de lo que ese informe arroje, a pesar de ya haberse expedido el mismo en la línea de prohibir las fumigaciones. La Cámara, de haber aplicado el principio precautorio, debería haberse pronunciado en el mismo sentido en que lo hiciera el magistrado, prohibiendo las fumigaciones. Por lo contrario, la Cámara, ignora o invisibiliza en este fallo de tanta repercusión mediática, la aplicación del principio precautorio, y ello es muy grave, porque desde una perspectiva jurídica legal, está privando a los damnificados de un derecho que les es fundamental.
Opinamos que no debería instalarse la idea de que, un proceso judicial, mucho menos un amparo ambiental, es el lugar adecuado para salvaguardar a la comunidad de las malas políticas gubernamentales. Las investigaciones, producción de informes, análisis y cuanta cosa necesaria se requiera, debió haberlas producido el Gobierno Provincial con anterioridad a la introducción de las fumigaciones como práctica cotidiana, o apenas surgieran los primeros indicios de los posibles efectos negativos o apenas entrada en vigencia la ley 11.723, que regula las fumigaciones en la provincia. Hoy al Gobierno de Santa Fe, como a la Municipalidad de San Jorge, debió hacérseles asumir su inoperancia y no, en cambio, ordenar la producción de estudios o informes que, con una Argentina en donde se siembran más de 20 millones de hectáreas con soja y donde las fumigaciones son moneda corriente, resulta casi un insulto para todos aquellos sobre los cuales recae y recaerá siempre el gravamen de los éxitos de la agricultura industrial y del modelo agro exportador.
Se ha dicho de manera reiterada en la campaña impulsada por el diario Página 12 y ciertos grupos ambientalistas que parecieran ir detrás de meros criterios de buenas prácticas agrícolas, que la Cámara confirmó el fallo de primera instancia y que tal pronunciamiento se encuentra firme. Ambas afirmaciones resultan falsas por todas las consideraciones que se han explicado anteriormente. Lo que en verdad subyace, es que se ha generado una nueva oportunidad para los demandados, en especial para el Gobierno de Santa Fe, una nueva oportunidad para sostener su obstinación en no reconocer el impacto negativo que las fumigaciones tienen sobre la salud y los ecosistemas, en el estilo de los informes científicos a los que nos tienen habituados, con simples remisiones y sin estudios serios epidemiológicos.
Sospechamos que en esta maniobra periodística de retorcimiento interpretativo de un fallo judicial, existe una operatoria política que, desde el poder central hace de la provincia de Santa Fe, un laboratorio para experimentar con riesgo ajeno, ciertas prácticas de responsabilidad social empresarial y aplicación de criterios técnicamente más apropiados al sostenimiento del modelo. Recordemos que Santa Fe es una provincia que desde perspectivas político partidarias, no es campo propio del oficialismo, y que, por lo tanto permite ciertos márgenes de maniobra, de hecho lo vienen probando en su acercamiento a las campañas contra las fumigaciones, ciertos/as diputados/as del FPV y otros sectores vinculados al gobierno; cuanto más, cuando las consecuencias de cosa juzgada en relación a la negación del principio precautorio y a eximir a los municipios de responsabilidad sobre el control de uso de agrotóxicos, pueden alcanzar proyecciones a nivel nacional.
Sin necesidad de llegar al caso extremo de radioemisoras que nos llamaron en esos días del fallo para conocer nuestra opinión sobre la prohibición del Glifosato... (Sic) podemos decir que, las circunstancias a las que refiere este informe, han puesto en evidencia, la enorme ignorancia existente en los medios intelectuales y periodísticos acerca de esos temas y de cómo esa ignorancia, se hace víctima de la confusión y de la manipulación que se ejerce desde las usinas de inteligencia. Una vez más, debemos recordar que estamos en presencia de un modelo neocolonial aplicado a nuestro país por las Corporaciones transnacionales, por los exportadores, y en especial, por una nueva oligarquía basada en el complejo sojero/aceitero. Que ese modelo es modernizante desde las nuevas perspectivas de los mercados globales, y que cuenta con importantes respaldos de los sectores progresistas y de izquierda, tanto en el gobierno como en la oposición. Que nuestro país ha sido campo de experimentació n desde los años noventa, en que las primeras semillas transgénicas de Monsanto fueron liberadas a su comercializació n, y desde que se fomentó su llegada por bolsa blanca a todos los países vecinos, pese a que en todos ellos existían leyes específicas que las prohibían. Que en los años posteriores, tanto en el plano internacional en relación con el respaldo a la OMC y la oposición a las moratorias y toda norma europea que limitara la entrada de OGM, como en el plano de las políticas locales, con ingestas de soja en los comedores para carenciados y en escuelas para niños, e incorporación de harinas y aceites de soja en toda la cadena alimentaria, nuestro país continúo siendo un centro de experimentació n de esas políticas globales. Que el desarrollo de importantes polos biotecnológicos aportó en el mismo sentido, y que la confirmación definitiva de ese modelo fue la decisión de instalar un Ministerio de Ciencia e Innovación tecnológica, así como que, desde la misma presidencia de la República, se asumiera públicamente que las Universidades deberían colocar la ciencia al servicio del interés empresarial y que las Corporaciones aportaran fondos de manera oficial para esos objetivos. No sorprende por ello, que en lugares críticos y sin mayores riesgos para el modelo implantado de sojización en constante expansión, se experimenten caminos de presunta mayor sustentabilidad y se busque responder a las crecientes demandas vecinales con criterios de supuestas buenas prácticas, de alejamiento de la línea agronómica de los límites de las localidades y comprometiendo a las ONG ambientales y a los grupos de vecinos autoconvocados en prolongados e interminables pleitos jurídicos de improbable resolución. Y por último, que se nos confronte en el reclamo de nuestros derechos a una vida digna, con intrincados informes técnicos, cuando bastaría el mero sentido común y poder visualizar sin preconceptos, la falta de calidad de vida y la cantidad de afectados, para tomar conciencia de que estamos en presencia de impactos gravísimos e impunes, y que esos impactos son consecuencias inevitables de un modelo de país que cuenta con el más amplio respaldo del grueso de la dirigencia política.
GRR Grupo de Reflexión Rural
9 de Abril de 2010